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Llega la hora de fichar en el trabajo: el registro será obligatorio a partir del 12 de mayo

Llega la hora de fichar en el trabajo: el registro será obligatorio a partir del 12 de mayo

Todas las empresas, independientemente de su sector o tamaño, deberán registrar la entrada y salida de sus empleados

Cada semana de 2018 se realizaron en España unas 6,45 millones de horas extraordinarias y casi la mitad de los trabajadores no las cobran. Para regular esta situación, el Gobierno central aprobó el Decreto Ley de Protección Social para introducir el registro obligatorio del horario en todas las empresas, independientemente de su sector o tamaño. Esta medida, que entrará en vigor el próximo 12 de mayo, obliga a las empresas a garantizar el registro diario de la jornada laboral. Es decir, cuándo entra y cuándo sale de trabajar cada empleado

Con ese control de presencia quedarán registradas tanto el número de horas trabajadas como su distribución a lo largo de la jornada. Este conteo incluirá las horas comprendidas entre la entrada y la salida del lugar de trabajo, así como las horas extraordinarias y las que no se han realizado.

¿Cuáles son los beneficios del registro de la jornada laboral?

La exactitud de las horas que el empleado pasa realmente trabajando y en su puesto, lo que es fundamental para medir la productividad y la toma de decisiones, como las de aumentar o reducir el personal necesario para el desarrollo de proyectos concretos. También, es ventajoso en casos de empresas con alta rotación de personal, ya que se podrá realizar horarios flexibles con más facilidad, así como gestionar los turnos con solo mirar el esquema que incluye los horarios de todos los trabajadores. Ayudará también a combatir el absentismo laboral.

¿Cuánto costará implantar este registro?

En el caso de que se detecte que la jornada laboral es superior a la pactada, puede llegar a forzar ampliaciones de plantilla. En caso de infracción, suponen una prueba de cargo ante la Inspección y ante los juzgados de lo Social.

¿Se sancionará a las empresas que no lo acaten?

Existen sanciones de 626 a 6.250 euros por incumplimiento del registro. Ya que el decreto mantiene «la transgresión de las normas y los límites legales o pactados en materia de (…) registro de jornada».

¿Quién puede acceder a esos datos?

Los registros tienen que estar a disposición de los trabajadores, de sus representantes legales y de la Inspección de Trabajo y Seguridad Social. Asimismo, habilita al Gobierno a establecer y previa consulta a las organizaciones sindicales y empresariales más representativas, especialidades en las obligaciones de registro de jornada laboral para aquellos sectores, trabajos y categorías profesionales que lo requieran por sus peculiaridades.