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 El Bono Viaje 2024  de la Generalitat Valenciana abre la solicitud de cita previa: guía rápida, plazos y condiciones

El Bono Viaje 2024 de la Generalitat Valenciana abre la solicitud de cita previa: guía rápida, plazos y condiciones

La Generalitat valenciana inicio el martes 2 de enero el proceso

Bono Viaje 2024  de la Generalitat Valenciana

Turisme Comunitat Valenciana abrió el martes 2 de enero de 2024 la solicitud de cita previa para la edición de 2024 del programa Bono Viaje, que abarca dos periodos anuales, del 16 de enero al 3 de junio, excluyendo la Semana Santa, y el segundo periodo comienza el 15 de octubre hasta el 22 de diciembre, según ha informado la Generalitat.

Las principales novedades se centran tanto en el número de pernoctaciones mínimas para disfrutar del bono como en las cantidades subvencionables y en los periodos en el que permanecerá activo el programa. En la edición de 2024, los viajes se harán con un mínimo de tres noches y con respecto a las cantidades subvencionables, se ha establecido en un máximo del 50% del coste de reserva con una cantidad máxima 350 euros.

Dos periodos establecidos

Bono Viaje 2024  de la Generalitat Valenciana

Con respecto al disfrute en los periodos que se podrá gastar el bono en 2024, se han establecido dos periodos y la cita previa para solicitar la inscripción se abre este martes. El primer periodo abarca desde el 16 de enero hasta el 3 de junio, excluyendo la Semana Santa, y el segundo del 15 de octubre hasta el 22 de diciembre.

Se establece un único plazo ininterrumpido de inscripción en el programa Bono Viaje, desde las 10 horas del 2 de enero de 2024, hasta las 10 horas del 30 de noviembre de 2024. La solicitud de inscripción se presentará exclusivamente de forma telemática en la sede electrónica de la Generalitat, a través del procedimiento creado a tal efecto. En la página web del programa Bono Viaje Comunitat Valenciana 2024 estará disponible la información sobre estas ayudas y se habilitará un acceso a la sede electrónica para la solicitud de inscripción.

La inscripción se debe efectuar realizando los siguientes dos trámites. En primer lugar, una solicitud de cita previa para realizar la solicitud de inscripción, un trámite que no requiere firma electrónica. En segundo lugar, dentro del intervalo asignado de día y hora en la cita previa, se realizará la solicitud de inscripción del Bono Viaje. Para este trámite se requiere firma certificado y firma electrónicos.

Los diez destinos más demandados la pasada edición fueron Benidorm, Calp, Finestrat, Altea, Peñíscola, València, Alicante, Morella, Elche y Denia.

Guía rápida

Información general

Ayuda directa: el 50% del coste de los servicios subvencionables.

Máximo de 350 euros para estancias mínimas de tres noches.

Primer período de disfrute: 16 de enero de 2024 – 3 de junio de 2024, excepto del 21 de marzo al 7 de abril.

Segundo período de disfrute: 15 de octubre 2024 – 22 de diciembre 2024.

Plazos

De los dos trámites consecutivos que comprenden la solicitud de inscripción:

a) Trámite uno: solicitud de cita previa para realizar la inscripción, se inicia el plazo a las 10:00 horas del 2 de enero de 2024 y finalizará a las 10:00 horas del 30 de noviembre de 2024.

Descargar el formulario de cita previa.: https://eturnos.gva.es/eturnos-front/BONO2024/index.html?idioma=es

b) Trámite dos: realización de la inscripción: el primer turno asignado de cita previa se inicia a las 8:00 horas del 9 de enero de 2024 a través de éste procedimiento.

Bono Viaje 2024  de la Generalitat Valenciana 1

Formularios y documentación

-Formulario de INSCRIPCIÓN EN EL PROGRAMA BONO VIAJE COMUNITAT VALENCIANA 2024, debidamente cumplimentado y firmado por medios electrónicos por la persona solicitante, y si es el caso por la persona representante, la persona solicitante de la ayuda deberá cumplimentar el APARTADO B y la casilla correspondiente del APARTADO F del formulario de inscripción.

-Acreditación de que la persona solicitante se encuentra empadronada en un municipio de la Comunitat Valenciana.

-En el caso de oponerse a la comprobación por parte de TCV de deudas tributarias y con la Seguridad Social, el certificado correspondiente que acredite su cumplimiento. Si este caducara antes de la finalización de la prestación de los servicios turísticos objeto de subvención, se deberá volver a aportar uno en vigor, en el momento de la justificación de la ayuda concedida.

SÓLO EN CASO DE QUE LA PERSONA SOLICITANTE OTORGUE SU REPRESENTACIÓN POR MEDIOS TELEMÁTICOS a un tercero o a un establecimiento de alojamiento turístico o agencia de viajes de los adheridos al Programa, debidamente cumplimentado y firmado por la persona solicitante, y la persona representante:

Descargue aquí el formulario formulario-bono-viaje.pdf (ppllstatics.com)

Beneficiarios

Bono Viaje 2024  de la Generalitat Valenciana 2

Personas físicas mayores de edad que estén al corriente de sus obligaciones tributarias y se encuentren empadronadas en un municipio de la Comunitat Valenciana y, además, soliciten la inscripción en el Programa dentro del período establecido para el Programa Bono Viaje 2024, y formalicen su reserva por los servicios turísticos objeto de la ayuda dentro del plazo de 10 días hábiles a partir del día siguiente al de la comunicación del código promocional del programa, enviada a la dirección de correo electrónico indicada a tal efecto por la persona solicitante o su representante.

Asignación de códigos

A partir de enero de 2024 se empezará a asignar códigos promocionales. Se hará sucesivamente en cada período de uso en función de la disponibilidad de presupuestos, por lo que puede que se reciba más adelante.

Una vez recibido el código, se debe realizar la reserva en el plazo de 10 días hábiles para disfrutar de los servicios turísticos bonificados dentro del mismo período de uso en el que se ha recibido el código.

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Importante

Solo se podrá realizar una solicitud por persona.

Una vez asignado un código promocional para uso del bono, se deberán reservar los servicios turísticos para disfrutarlos dentro del período de uso (10 días hábiles).

Leer la resolución y la instrucción para conocer las condiciones concretas de uso de estas ayudas.

A efectos fiscales, el importe de la subvención es un incremento patrimonial, que tributará en el Impuesto sobre la Renta de las Personas Físicas.

Ayuda

Antes de empezar la tramitación de su solicitud, puede consultar las Preguntas frecuentes de la sede electrónica de GVA, en el siguiente enlace web: https://sede.gva.es/es/preguntes-frequents. Preguntes freqüents – Sede electronica – Generalitat Valenciana (gva.es)

En caso de necesitar ayuda, notifíquelo a través de correo electrónico:

-Si son consultas funcionales: prop@gva.es Guía PROP – GVA.ES – Generalitat Valenciana

-Si son incidencias informáticas: generalitat_en_red@gva.es Sede electrónica – Sede electronica – Generalitat Valenciana (gva.es)

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