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Competencia alerta de las trampas de las eléctricas para manipular contratos

Factura de la luz./J. R. Ladra
Factura de la luz.

La CNMC reprocha a los comercializadores sus malas prácticas acusándoles de modificar condiciones sin consultar a los clientes.

El supervisor de Competencia vigila muy de cerca a las compañías eléctricas. Aunque lleva tiempo cargando contra sus malas prácticas comerciales e imponiendo pequeñas multas, ha dado un paso más allá lanzando una alerta de denuncia por «alterar el mercado y perjudicar a los consumidores» por modificar las condiciones de los contratos sin consultar a los clientes.

La Comisión Nacional de los Mercados y la Competencia (CNMC) denuncia que estas compañías hacen cambios en los contratos sin consulta previa como variaciones en los precios fijos de los mismos antes de que finalicen o su prórroga. Concretamente, el supervisor advierte de que ante el escenario de precios elevados registrado en el mercado mayorista durante 2018, recuerda que los contratos con consumidores en baja tensión no pueden ser rescindidos por la compañía unilateralmente, antes de la finalización del plazo del primer año o de la finalización de sus prórrogas, también anuales.

Aproximadamente el 70% de los contratos existentes contempla un precio fijo para todo el año de duración del contrato, según los datos de Competencia, pero aún así es habitual que lo contratado contemple la posibilidad de modificar estos precios ante variaciones de determinados componentes de la factura. Por ello el supervisor cree necesario realizar advertencias a los consumidores para que puedan evitar los engaños.
Estas recomendaciones están recogidas en el Informe de Supervisión del Mercado Minorista de electricidad de 2017. Este documento habla tanto de la rescisión de los contratos como de la variación en los precios de los mismos.

Con todo ello sobre la mesa, Competencia da consejos a las compañías eléctricas para mejorar sus prácticas. En primer lugar les recomienda realizar cálculos más ajustados de los componentes regulados ya que la mayor parte de los contratos en el mercado libre tienen cláusulas para trasladar al consumidor estas variaciones que suponen ajustes en la factura de al menos 10 céntimos de euro. Si hubiera cálculos más fiables se podría comparar mejor las ofertas, dice la CNMC. Además, recuerda que también deben trasladar al consumidor los cambios a la baja o por la eliminación de alguno de estos conceptos.
Uno de los puntos a destacar es la llamada de atención por los cambios detectados en el precio del componente de la energía, ya que según Competencia algunos han cambiado el precio fijo por uno referenciado al del mercado mayorista, otros han aumentado el coste de su contrato entre un 20% y un 30% o incluso han cambiado los precios en la primera factura frente a lo pactado en la firma del contrato.

Además, advierte a los consumidores de que si han contratado un precio fijo para la duración del contrato, las variaciones que haya en el precio del mercado de producción de electricidad (ya sea por la evolución de los precios de los combustibles, del precio del CO2 o de los impuestos sobre la generación) no le deben ser trasladados a través de una modificación del precio del suministro. «El riesgo de estas posibles variaciones debería estar internalizado en el precio de este tipo de ofertas. Las modificaciones que están realizando los comercializadores antes de la finalización del contrato o su prórroga, no son acordes a lo previsto en dicho contrato», explica la CNMC

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