Cinco importantes cambios que prepara la Dirección General de Tráfico para enero de 2019
Modificaciones en el Reglamento de Circulación previstas por la Dirección General de Tráfico para enero de 2019
La Dirección General de Tráfico (DGT) ha preparado una modificación del Reglamento General de Circulación, que incorpora cinco importantes cambios, entre otras modificaciones. La fecha prevista de entrada en vigor de este cambio legislativo es el 2 de enero de 2019, aunque desde el propio departamento del Ministerio del Interior han matizado que podría retrasarse, debido a los trámites parlamentarios que refrendarían el decreto ley que ha preparado el Gobierno.
Reducción de la velocidad máxima: de 100 a 90 km/h
El anteproyecto legislativo que colgó la DGT en la web de Interior incluye la previsión de modificación del artículo 48 del Reglamento General de Circulación: «velocidades máximas fuera de poblado», en general, y con especial hincapié en las carreteras convencionales. estas vías acumulan el 75 % de los accidentes mortales en España.
Este borrador reduce el límite de velocidad genérico de 100 a 90 km/h en las carreteras convencionales con un arcén de 1,5 metros, para turismos y motocicletas. . También verán reducida su velocidad máxima a 80 km/h las furgonetas, los autobuses y los camiones. La futura ley hace la excepción de que la carretera podría mantener los 100 km/h si la calzada tiene separados físicamente –quitamiedos, bloques de hormigón, etc- los dos sentidos de la circulación.
Puntos retirados por el uso del móvil
Las distracciones al volante -la DGT se centra especialmente en el uso del teléfono móvil y los sistemas de mensajería-, serán sancionadas con la pérdida de seis puntos. Esta medida saldrá adelante si hay acuerdo con otras fuerzas políticas. Si no es así, podría quedarse en la actual pérdida de cuatro puntos.
Según el borrador, para la DGT chatear por el móvil es tan peligroso como otras infracciones graves, como conducir bajo los efectos de las drogas, negarse a someterse a las pruebas de alcoholemia o la conducción temeraria, en sentido contrario a lo establecido o conducir vehículos en carreteras no autorizadas.
Mayor sanción por exceso de velocidad
Sobrepasar en 20 kilómetros por hora (km/h) la velocidad máxima en las carreteras convencionales -que quedará fijada en 90 km/h– será sancionado con la retirada de dos puntos y multa de 300 euros. Actualmente se multa de esta manera a los conductores que circulan a 121 km/h (con el límite de 100), pero con la reducción de la velocidad máxima (de 100 a 90 km/h), se aplicaría a los 111 km/h.
Puntos por los elementos de seguridad
Tráfico también quiere que se quiten cuatro puntos –ahora son tres– para aquellas personas que no lleven el cinturón de seguridad, el casco o las sillitas de retención infantiles adecuadas.
Recuperación de puntos del carné
Para mejorar el comportamiento de los conductores, Tráfico quiere compensar a los que superen los cursos de sensibilización y reeducación y aumenta de 6 a 8 el número de puntos que pueden recuperarse.
Etiquetas relativas a la publicación :, seguros para feriantes, seguro feria, seguro para la feria, seguro responsabilidad civil feriantes, seguro responsabilidad civil, seguro camión feriantes, seguro furgonetas feriantes,seguro coche feriantes, seguro incendio atracción de feria, seguro dañosatracción de feria, seguro accidentes feriantes, seguro semi remolque feriante, seguro robo atracción de feria, seguro de transporte atracción de feria, seguro transporte feriantes, todos tus seguros de atracciones de feria en uno